Comidas del alumnado

 El alumnado deberá probar los alimentos del menú y consumir una ración mínima establecida tal y como lo recoge el art. 69 del apartado 5.4. del  Reglamento de Régimen Interno del CRIE

Art. 69.- El alumnado intentará probar todo y comer ración mínima del menú establecido.

Apartado 5.4. art. 69 del RRI

 Esto responde a los siguientes motivos:

    – Criterios educativos.

    – La naturaleza activa de las actividades del CRIE hace que deban comer lo suficiente para tener la energía adecuada a dichas tareas.

 El espíritu del CRIE es no directivo para generar el mejor ambiente posible sobre todo en la hora de las comidas.  Se sugiere y anima a probar los alimentos pero en ningún caso forzamos de alguna manera. No obstante, en casos excepcionales donde el alumno/a se niegue a comer lo mínimo establecido, se valorará la posibilidad de llamar a su familia y no permanecer en el CRIE.

En el caso de que el alumno/a presente algún cuadro de trastorno de la conducta alimentaria, nos atendremos a las orientaciones recibidas por los profesionales sanitarios que se encarguen de su caso.